Dr. Remigio
Medina
profesor de la UTA
y experto tributario
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Remigio Medina, docente
de la Universidad Técnica de Ambato y autor del libro “Diccionario Práctico
Tributario, Laboral y Societario”, manifestó que el viernes 14 de febrero se
publicó en el Registro Oficial Nº 184 el
acuerdo No. 0027 del Ministerio de Relaciones Laborales, fijando el Salario
Digno del año 2013 en $ 380,53. Este salario deberá ser pagado hasta el
mes de marzo del 2014 y únicamente pagarán las sociedades y personas naturales
obligadas a llevar contabilidad. Sin embargo manifestó el doctor Medina que son
pocas las empresas que deban pagar, puesto que el salario digno mensual $ 380,53 se multiplica por 12 meses y se
obtiene el salario digno anual de $ 4.566,36. Un trabajador que ganaba el
sueldo básico de $ 318 en el 2013 por los 12 meses del año recibió $ 3.816,00
más la décima tercera remuneración de $ 315,83, decimocuarta remuneración de $
318,00 y el fondo de reserva de $ 318,00, en total recibió $ 4.767,83, es decir
más que el salario digno, por lo tanto la empresa ya no tiene que cancelar este
valor. Cabe aclarar que para el cálculo
des salario digno no se toma en cuenta
las horas extras.
Por lo expuesto
son pocas las empresas que deberán pagar el salario digno, en el ejemplo
anterior se trató de un trabajador que recibe ya el fondo de reserva, al que
tienen derecho los trabajadores luego de un año de labores. Si se tratará de un
trabajador nuevo, que no percibe el fondo de reserva, su empleador deberá pagarle
por salario digno el valor de $ 116,53. El salario digno que pagan las empresas
es un gasto deducible en el año 2014 en cambio para los trabajadores es un ingresos exento del pago del impuesto a la renta y no es
sujeto de aportes al IESS.
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